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¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

Pues sí… Nuestro equipo de gestión de nómina y recursos humanos lo tiene claro:  el Régimen General de Trabajadores Autónomos va a sufrir una de las reformas más importantes a partir de la entrada en vigor de un nuevo sistema de cotización a partir de este enero del 2023. Este sistema de cotización se va a basar en los rendimientos netos del autónomo y se aplicarán quince escalas o tramos diferentes,  tres escalas de tarifa reducida y doce dentro de la tabla general.

Entonces, a partir del 1 de enero de 2023 se despliega progresivamente (3 años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo.

Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.

PRINCIPALES CUESTIONES A TENER EN CUENTA

1.- CÁLCULO DE LOS RENDIMIENTOS NETOS

Se obtendrán como los ingresos brutos obtenidos menos los gastos de la actividad deducibles (ejemplo, cuotas Seguridad Social, suministros, materiales, proveedores…) y adicionalmente, se podrá aplicar una deducción genérica del 7% de sus rendimientos netos, que será del 3% para los autónomos societarios.

Los importes a considerar de ingresos y gastos serán los que se hayan utilizado en el último modelo 100 del impuesto sobre la renta para la realización del ingreso o devolución de dicho impuesto.

2.- COMUNICACIÓN DE ESTOS RENDIMIENTOS NETOS

De forma obligatoria y a través del servicio web  Importass, portal de la Tesorería General de la Seguridad Social para servicios y trámites online, el autónomo tendrá que declarar sus rendimientos previstos calculados como se ha indicado en punto anterior.

Aquellos autónomos que se den de alta a partir de esta fecha de enero 2023 solicitarán esa información en el proceso de alta que se realice a través de la plataforma Importass.

En el caso de que el autónomo ya estuviera dado de alta, los rendimientos previstos se podrán comunicar a través del área personal de Importass  hasta el día 31 de octubre de 2023.

En el caso de que los rendimientos que se obtengan supongan una base de cotización diferente a por la que se viene cotizando, el autónomo tendrá que solicitar el cambio de  base y comunicar esa previsión de rendimientos netos anuales antes del 28 de febrero con la finalidad de que no se tenga que realizar posteriormente ninguna regularización de cuotas.

Los trabajadores por cuenta propia que a 31/12/2022 vinieran cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería en razón de sus rendimientos estimados, podrán mantener en 2023 dicha base de cotización, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior.

Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos, descontando los costes de desarrollar su actividad, hasta seis veces al año.

Web Importass

¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

3.- TARIFA PLANA DE COTIZACION

Con este nuevo sistema, la tarifa plana para autónomos pasará de los actuales 60 euros  a 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.

En los siguientes 12 meses el autónomo podrá seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Tras este periodo inicial de tarifa plana de 80 euros, el autónomo pasará a formar parte del nuevo sistema de cotización por tramos en función de sus ingresos reales. Así, empezará a cotizar en función del tramo de cotización que le corresponda.

En definitiva, en 2023 desaparecerá la actual tarifa plana de 60 euros para los nuevos autónomos que se den de alta a partir de enero ya que para ellos se aplicaran los 80€.

Aquellos autónomos dados de alta en el 2022 seguirán con su tarifa de 60 euros hasta que venza.

4.- TRAMOS, BASES y NUEVAS COTIZACIONES

Esta es la tabla con los tramos que entran en vigor en 2023. Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá una tabla general y una reducida (tres primeros tramos) de bases de cotización en función de los rendimientos netos mensuales.

Fuente: Seg Social

¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

Dentro de cada tramo, el trabajador autónomo podrá elegir cualquiera de las bases comprendidas entre los dos limites establecidos de base máxima y mínima y sobre esa base se aplicará el 30,6% para obtener la cuota.

Un caso practico:

Empresa que en el 2022 tiene unos rendimientos netos que declara en la agencia tributaria de 120.000 euros.  Este importe entre 12 meses nos da 10.000 euros al mes.

Vamos a los tramos y nos colocaremos en el último. Por lo que el trabajador autónomo podrá elegir una base entre 1.633,99 y 4.139,40 para el 2023.

Si decide abonar aproximadamente 612€ al mes eso equivale a tener una base de cotización de 2.000 euros (que se encuentra dentro de esos límites).

En “Importass” se encuentra disponible un simulador para realizar el cálculo de la cuota en función de los rendimientos previstos.

En dicho simulador indicas en que tramo se encuentra el autónomo y la cuota a pagar al mes y se obtiene la base y dicha cuota a modo informativo.

Os dejo el enlace aquí también.

¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

Y como siempre os dejo mi recomendación musical.  Esta es muy, muy buena… para empezar el año con ganas y energía.

¿Sabias que… en enero de 2023 cambia el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA)?

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