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Gestión laboral no cierra por vacaciones

El mes de agosto no es habitual que sea un periodo indiferente en las organizaciones. Para muchas empresas, como pueden ser las dedicadas al turismo u hostelería, se tratan de días críticos, con una alta demanda, durante los cuales sus recursos humanos estarán más que nunca al pie del cañón, incluso durante estos tiempos inciertos que estamos viviendo.

Por otro lado, otras empresas afrontan la situación contraria: manufactureras o centros industriales paralizan la producción durante el mes de agosto, y gran parte de la plantilla disfruta de vacaciones (más que merecidas, sin duda alguna).

Pero lo cierto es que, sea como fuere, la administración y gestión de personal no puede echar el cierre por vacaciones. Las múltiples administraciones públicas con las que periódicamente deben comunicarse los profesionales de la gestión laboral no tendrán activado en su bandeja de correo electrónico la respuesta automática de fuera de la oficina; al contrario, pues la mayor parte de trámites seguirán activos a lo largo de los meses estivales con normalidad.

¿Y es esto así en todos los casos? Pues, como habitualmente se suele decir, la excepción confirma la regla: habrá profesionales que podrán tener un mes de agosto relativamente más relajado que otros. Vamos a echar un vistazo a los principales trámites.

1.- Autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos de trabajo (modelos 111 / 745)

En cuanto al territorio común, la agencia tributaria estatal estará esperando por las autoliquidaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas de julio hasta, como máximo, el 20 de agosto. Las empresas, por tanto, que estén sujetas a la tramitación mensual de los borradores 111 deberán pasar por caja durante dicho mes para ingresar las retenciones practicadas a consta de la nómina del mes anterior.

La situación, no obstante, no es idéntica en los territorios forales. Las cuatro provincias permiten la presentación de los borradores de julio a lo largo del mes de septiembre:

  • Las retenciones practicadas en Vizcaya, Guipúzcoa y Álava podrán ser presentadas hasta el 27 de septiembre, junto a las de agosto.
  • Por su parte, las retenciones practicadas en Navarra podrán tramitarse hasta el 20 de septiembre.

2.- Contribuciones a la seguridad social

El ingreso de las cuotas obreras y empresariales a la seguridad social es más fácil de analizar. La regulación de la caja común aplica por igual a todos los contribuyentes, independientemente de en qué región éstos se encuentren.

De este modo, y al igual que sucede con la agencia tributaria estatal, la Tesorería General de Seguridad Social estará esperando a lo largo del mes de agosto por la presentación, conciliación e ingreso de las correspondientes cuotas del ejercicio de julio.

Por lo tanto, y aun con la excepción de las presentaciones tributarias en las provincias forales, el mes de agosto sigue siendo hábil para todos los efectos en relación a los trámites indispensables que deben llevar a cabo las organizaciones en materia laboral.

Las contrataciones deberán seguir siendo comunicadas al Servicio de Empleo en los plazos reglamentarios, así como la tramitación de altas, bajas o variaciones ante el fichero de afiliación de seguridad social. Seguirán igualmente vigentes los límites para la comunicación de partes de accidente de trabajo a los sistemas telemáticos, y la remisión electrónica de certificados para la gestión de prestaciones por desempleo deberán igualmente ser enviadas durante este periodo.

A partir de aquí se abre ante nosotros un tema muy interesante: existe el derecho a la desconexión digital por parte de empleado y empleador. Pero, ¿puede existir la desconexión digital en relación a la administración pública? Es cierto que algunas administraciones parecen dar pie a ello (como la posibilidad de delegar el acceso a LexNet, o los días de cortesía que brinda la agencia tributaria), pero la realidad es que las grandes organizaciones no pueden permitirse el abandono de estas gestiones.

Y he ahí una de las ventajas de la externalización de este tipo de procesos: el proveedor no se va de vacaciones. O, al menos, ¡no nos vamos todos a la vez!

Gestión laboral no cierra por vacaciones

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