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El Reglamento General de Protección de Datos en 12 preguntas

Desde que el 25 de mayo de 2016 entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos todos los que trabajamos en departamentos de recursos humanos nos hemos planteado un sinfín de preguntas sobre este nuevo marco formativo y los cambios que se incorporan y nos afectan a ciudadanos y a organizaciones.

Es por esto que la Agencia Española de Protección de Datos– la autoridad pública encargada de velar por nuestra privacidad y protección de datos- ha elaborado un artículo muy explicativo que recopila en formato ‘pregunta- respuesta’ 12 cuestiones que nos solucionarán muchas dudas relativas a cómo las empresas deben adaptarse para cumplir con sus obligaciones en este ámbito.

¿Y cuáles son esas preguntas que responde la AEPD en esta pequeña reseña simplificada? Seguro que muchas de ellas ya te las habías planteado antes… Cuestiones como ¿ya no se aplica la Ley Orgánica de Protección de Datos española?, ¿a qué empresas u organizaciones se aplica el reglamento?, ¿qué implica la responsabilidad activa recogida en el Reglamento?, ¿supone una mayor carga de obligaciones para las empresas?, ¿cambia la forma en la que hay que obtener el consentimiento?, ¿deben las empresas revisar sus avisos de privacidad?, ¿tienen las empresas que empezar a aplicar ya las medidas contempladas en el Reglamento?

Todas las respuestas las puedes encontrar en este enlace al artículo ‘El Reglamento de protección de datos en 12 preguntas’.

Además, te recomendamos que le dediques unos cuantos minutos a navegar por la página web de la AEPD, www.agpd.es, pues está repleta de información muy útil para ti y tu departamento de RRHH, con multitud de recursos para cumplir con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos.

Nosotros hace tiempo que nos estamos aplicando en este tema, y, aunque el Reglamento está en vigor pero no será aplicable hasta 2018, en Seresco ya implantamos casi la totalidad de las medidas para al acabar este 2017 ya estar al 100% en el cumplimiento de la normativa, pues es un tema prioritario para nuestra organización.

Así, por ejemplo, nosotros garantizamos contractualmente todos aquellos aspectos relacionados con la Protección de Datos Personales, convirtiéndonos, así, en una de las primeras organizaciones en adoptar las medidas previstas en el Reglamento de Protección de Datos. ¿Cómo lo hacemos? Mediante:

  • La inclusión de cláusula relativa a Integridad, Confidencialidad y Protección de Datos
  • La inclusión de Anexo sobre medidas de seguridad aplicables al Tratamiento

Y tu empresa, ¿está preparada para el Reglamento General de Protección de Datos? Esperamos que la información explicada en el artículo de la AEPD El Reglamento de protección de datos en 12 preguntas te resuelva tus dudas como hizo con las nuestras.

El Reglamento General de Protección de Datos en 12 preguntas

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